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Aporte Familiar Permanente: llaman a trabajadores a actualizar sus cargas familiares

  • Jueves 17 de diciembre de 2020
  • 16:32 hrs

La Asignación Familiar es un subsidio estatal para los trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados.

El Instituto de Previsión Social (IPS) y su red de atención ChileAtiende hace un llamado a los trabajadores y trabajadoras que requieran colocar al día el pago de sus Asignaciones Familiares a realizarlo a la brevedad, especialmente ante de finalizar este mes de diciembre, debido a que esta actualización, es requisito indispensable para recibir a partir de febrero 2021, el pago del Aporte Familiar Permanente (ex bono Marzo).

En el caso de las personas que teniendo derecho a recibir este beneficio, no tengan actualizadas sus cargas familiares, deben acudir a la Caja de Compensación o al Instituto de Previsión Social, IPS, según corresponda y en caso de ser funcionario público, a su empleador. Hasta entonces, el trabajador o trabajadora no figurará en las nóminas de pago del Aporte Familiar Permanente 2021. Sin embargo, mantendrá su derecho a reclamar (dentro del plazo legal de un año), siempre que la situación con su empleador quede totalmente regularizada.

La Asignación Familiar es un subsidio estatal para los trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, por las personas que vivan a sus expensas y cumplan con los requisitos legales (también llamadas “cargas”). Esta suma de dinero mensual varía, de acuerdo con el sueldo del beneficiario, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Valores de la Asignación Familiar y Maternal

Monto del ingreso mensual

Valor de la Asignación Familiar 

Hasta $342.346

$ 13.401 por carga

Más de $342.346 hasta $500.033

$ 8.224 por carga

Más de $500.033 hasta $779.882

$ 2.599 por carga

Más de $779.882

No reciben

(Montos vigentes al 1 de septiembre de 2020)

¿A quiénes y cómo se paga el dinero de la Asignación Familiar?

-Trabajadores dependientes (afiliados a un sistema previsional, sea AFP o ex cajas de previsión, fusionadas en el Instituto de Previsión Social, IPS): es pagado por el empleador y está incluido en el sueldo.

-Trabajadores independientes:  en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.

-Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).

-Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.