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Confirman multa a canal de TV por no emitir mínimo legal de programación cultural

  • Martes 29 de diciembre de 2020
  • 17:56 hrs

En fallo unánime se confirmó la resolución sancionatoria dictada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV).

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 20 UTM aplicada a Televisión Nacional de Chile (TVN) por no respetar mínimo de emisión de programas de contenido cultural en enero pasado.  En fallo unánime se confirmó la resolución sancionatoria dictada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV).

 

"Que, conforme a lo que se viene señalando es posible advertir que la recurrida CNTV se ajustó a lo dispuesto por la Ley 18.838, preceptiva que contiene las sanciones y criterios de proporcionalidad aplicados en este caso, lo que es manifestación del principio de juridicidad establecido en los artículos 6° y 7°, de la Constitución Política de la República, como, asimismo, en el artículo 2° de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, aplicable a esta entidad", sostiene el fallo.

La resolución agrega que: "En este sentido, se tuvo presente de acuerdo a la ley, la prescripción legal específica respecto a la proporcionalidad aplicar para este tipo de infracciones, y la reincidencia o reiteración en la misma infracción, siendo que ni en el procedimiento administrativo ni en la presente reclamación, la concesionaria logra desvirtuar los reproches formulados por el CNTV".