Confirman multa a empresa de telecomunicaciones por deficiencias en el tráfico de datos
- Viernes 29 de mayo de 2020
- 15:39 hrs
La infracción corresponde a no garantizar un nivel de señal que permitiera establecer comunicaciones de datos a los usuarios.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 800 UTM (unidades tributarias mensuales) aplicada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a la empresa Claro Servicios Empresariales S.A. por no garantizar un nivel de señal que permita el tráfico de datos a los usuarios.
El tribunal de alzada rechazó, con costas, el recurso de apelación deducido por la empresa, en contra de la resolución sancionatoria adoptada la ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt Hesse.
La infracción corresponde a no garantizar un nivel de señal que permitiera establecer comunicaciones de datos a los usuarios de la localidad obligatoria de ‘El Parrón', en la comuna de Rauco, Región del Maule.
"(...) sobre la base del análisis de toda la prueba incorporada a la causa, la sentencia en definitiva tiene por establecido en autos que la denunciada “no dio cumplimiento a su obligación de suministrar el servicio de transmisión de datos con acceso a Internet en la localidad obligatoria ‘El Parrón', siendo dicha conducta de especial gravedad, sin perjuicio de considerar el esfuerzo de la denunciada para regularizar su conducta, toda vez que en fiscalización posterior (19.02.18) se verificó que la afectada se encontraba entregando el servicio de transmisión de datos, lo que tiene presente al momento de fijar el quantum de la sanción. En consecuencia, se considera que no es atendible la alegación que hace el recurrente, que se le haya condenado sobre la base de una conducta no descrita en la ley, porque la sentencia estableció el hecho y la participación que cupo en dicha infracción a la denunciada Claro Servicios Empresariales S.A.", afirma.
Tras dicha resolución se confirma en todas sus partes la sentencia definitiva de cinco de junio de dos mil diecinueve.