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Corte Suprema confirma fallo a favor de funcionaria despedida por discriminación de sexo

  • Jueves 17 de junio de 2021
  • 09:38 hrs

La funcionaria trabajó por casi 12 años en la Dirección General de Territorio Marítimo y Marina Mercante.

La Corte Suprema confirmó un fallo a favor de una funcionaria de la Dirección General de Territorio Marítimo y Marina Mercante (Directemar), por discrminación de sexo, a quien no se le renovó contrata tras casi 12 años de servicio, ordenando el pago de una indemnización de 10 remuneraciones, equivalente a la suma de $13.900.110.

En fallo unánime se desestimó el recurso impetrado en contra de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de primer grado que acogió la demanda y que estableció que la no renovación se basó en discriminación en razón del sexo de la demandante, vinculado a los derechos a la maternidad.

La trabajadora, según los antecededes del caso tras una larga trayectoria y buen desempeño en sus servicios empezó a ser víctima de discrminación una vez que decidió tener hijos.

“Que, una vez entendido que la relación entre un funcionario público y el Estado es una de naturaleza laboral, aunque sujeta a un estatuto especial, no resulta procedente privar a los primeros de un procedimiento que está llamado a determinar el cumplimiento o la vigencia de derechos fundamentales en la relación de trabajo, por el sólo hecho de que las citadas normas asocien el término empleador a un contrato de trabajo o se refieran al empleador como a un gerente o administrador, olvidando que el Estado, en su relación con los funcionarios que se desempeñan en los órganos de la Administración, ejerce funciones habituales de dirección –términos que utiliza el artículo 4° citado– como lo hace todo empleador, lo que no es incompatible con el hecho de que se trate de órganos destinados a desempeñar una función pública”, expone el fallo.

Y agrega que: “Desde esta perspectiva, entonces, tampoco existe impedimento para aplicar las normas de tutela a los funcionarios de la Administración del Estado, en la medida que su ámbito de aplicación abarca o comprende a todos los trabajadores sin distinción, calidad que –como se dijo– también poseen los referidos funcionarios”.