Día de los Trabajadores: ¿Es feriado irrenunciable el 1 de mayo?
- Martes 30 de abril de 2024
- 10:58 hrs
En Chile existen cinco feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio, los cuales son el 18 y 19 de septiembre, el 25 de diciembre, el 1 de enero y el 1 de mayo de cada año.
El 1 de mayo se celebra el Día Internacional de los Trabajadores, un feriado que, especialmente en 2024 al caer un miércoles, representa un merecido descanso para la mayoría de las personas tras su jornada laboral.
Sin embargo, más allá de ser una pausa en la rutina, esta fecha conmemora una histórica huelga de trabajadores que tuvo lugar hace casi 140 años en Chicago, Estados Unidos.
¿Es el 1 de mayo un feriado irrenunciable? Según la Dirección del Trabajo (DT), de acuerdo con el artículo 2 de la ley 19.973, en Chile existen cinco feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio, los cuales son el 18 y 19 de septiembre, el 25 de diciembre, el 1 de enero y el 1 de mayo de cada año.
No obstante, esta normativa presenta algunas excepciones, por lo que el feriado no aplica para los siguientes servicios:
- Clubes.
- Restaurantes.
- Establecimientos de entretenimiento, como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
- Locales comerciales en aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
- Casinos de juego y otros establecimientos de juego legalmente autorizados.
- Estaciones de servicio (bencineras o bombas de bencina).
- Farmacias de urgencia y farmacias sujetas a turnos establecidos por la autoridad sanitaria.
- Tiendas de conveniencia asociadas a estaciones de servicio, es decir, lugares comerciales ubicados dentro de estaciones de servicio donde se preparan y venden alimentos y que son consumidos en el mismo lugar.
A pesar de estas exclusiones, los trabajadores de estos servicios tienen derecho a disfrutar de estos descansos una vez cada dos años con respecto al mismo empleador, es decir, uno por cada dos años.