Expertos advierten riesgo en redacción de expropiación
- Martes 26 de abril de 2022
- 18:03 hrs
Actualmente la Constitución consigna el derecho a que te paguen al contado en dinero el daño patrimonial efectivamente causado. Ahora solo dice el “precio Justo”, sin definir cómo o qué es justo.
La comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constituyente aprobó el artículo sobre propiedad privada, uno de los más sensibles discutidos hasta ahora. Sorpresa causó la indicación que habla sobre la expropiación de la propiedad privada por parte del Estado, señalando que el "el propietario siempre tendrá derecho a que se le indemnice por el justo precio del bien expropiado". Ahora, la norma pasará al Pleno en informe de 2da propuesta.
Un avance, ya que agregaron “justo precio” y pago previo a toma de posesión a la expropiación, sin embargo expertos advierten la gravedad de la ausencia de lo más importante: No contemplaría el pago en dinero, ni al contado. Es decir, no da garantías de si el pago se hará antes de la toma de posesión o después, pero además, no especifica con qué criterio se definirá el “justo precio” de una propiedad, concepto que dista del valor de mercado, que es lo que corresponde para cualquier dueño de una propiedad expropiada por el Estado.
¿La diferencia principal? Actualmente la Constitución consigna el derecho a que te paguen al contado en dinero el daño patrimonial efectivamente causado. Ahora solo dice el “precio Justo”, sin definir cómo o qué es justo.
Diversos abogados constitucionalistas advierten que es un riesgo dejar a interpretación de la ley lo que se entenderá como “justo precio”, a lo que se han sumado voces de distintos convencionales, como Marcela Cubillos o Bernardo Fontaine, o líderes gremiales como Juan Pablo Swett o líderes de opinión como José Francisco Lagos.