Mega deberá pagar multa por exhibir contenido inapropiado en horario de protección de menores
- Martes 29 de junio de 2021
- 14:47 hrs
Imagen referencial
La sanción se estableció por emitir imágenes truculentas en el programa “La Hora de Jugar”.
La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso deducido por la empresa Megamedia (Mega) en contra del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) y confirmó una multa del 100 UTM por exhibir contenido inapropiado en horario de protección de menores.
En fallo unánime se confirmó la sanción aplicada a la recurrente por emitir imágenes truculentas en el programa “La Hora de Jugar”, transmitido en horario de protección, el 22 de septiembre del año pasado.
“Que la situación que se sanciona, contraría el artículo 1° de la Ley N°18.838, infracción que sustenta la multa impuesta, por cuanto se ha puesto en riesgo la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “en este orden de ideas cabe señalar que la emisión de la escena cuestionada en los términos constatados por el CNTV, no solo infringe las normas del correcto funcionamiento de los servicios de televisión, sino importa también una infracción a las disposiciones de la Convención Internacional de los Derechos del Niño que el Estado de Chile está obligado a amparar y proteger. En efecto, la escena ya relatada, pone en serio riesgo a los espectadores menores de edad, sin criterio formado que puedan tomar dichas acciones como dignas de imitar, máxime cuando las mismas pueden ser calificadas como ‘truculentas’ en los términos de la letra b) del artículo 1° de las Normas Generales ya referidas”.