Preemergencia Ambiental fue decretada para este lunes en Talca, Maule y Linares
- Lunes 7 de junio de 2021
- 08:59 hrs
Imagen referencial (Diarios en Red).
Las medidas ante la Gestión de Episodios Críticos (GEC), son detalladas en el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA).
Considerando las condiciones climáticas y la mala calidad del aire por contaminación ambiental, ha sido decretada para este lunes Preemergencia Ambiental para las comunas de Talca, Maule y Linares.
Cabe mencionar que las medidas a implementar en esta Gestión de Episodios Críticos (GEC), detalladas en el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) corresponden a las siguientes:
Talca
- En el polígono de restricción no se permiten humos visibles provenientes de viviendas, entre las 18:00 y las 06:00 horas del día siguiente, exceptuando un periodo máximo de 15 minutos continuos para el encendido de los artefactos.
- Se prohíbe en las comunas de Talca y Maule, durante las 24 horas del día, el funcionamiento de calderas con una potencia térmica nominal mayor a 75 kWt que presenten emisiones mayores a 30 mg/m³N de material particulado.
- Se prohíbe en las comunas de Talca y Maule, durante las 24 horas del día, el funcionamiento de hornos a leña o carbón y de calderas a leña o carbón con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt.
- Se suspenden las actividades físicas y deportivas, al aire libre y al interior de gimnasios, durante todo el día, sin perjuicio de que la SEREMI de Educación podrá suspender dichas actividades para la comunidad escolar de las comunas de Talca y Maule.
Linares
- Se prohíbe, en la comuna de Linares el funcionamiento de fuentes fijas comunitarias e industriales que emitan material particulado, así como el funcionamiento de las fuentes fijas particulares que utilicen leña, o dendroenergéticos sólidos, u otro material sólido combustible.
- Se prohíbe la emisión de humos visibles por el funcionamiento de fuentes fijas particulares, comunitarias e industriales que utilicen leña u otro dendroenergético sólido, como calefactores, calderas y artefactos residenciales particulares, entre las 18:00 y 23:59 horas.
- La autoridad sanitaria podrá prohibir la realización de actividades deportivas masivas, clases de Educación Física en Establecimientos Educacionales de cualquier nivel y actividades físicas al aire libre.