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SMA formula cargos por ruidos molestos contra operadores de Subestación Ancoa

  • Martes 14 de julio de 2020
  • 12:35 hrs
Se constató excedencias de hasta 15 decibeles por sobre los límites establecidos en la norma de ruido para zona rural. (Foto: SMA)

Se constató excedencias de hasta 15 decibeles por sobre los límites establecidos en la norma de ruido para zona rural. (Foto: SMA)

La SMA recibió denuncias de la comunidad del sector Rincón de Pataguas, afectada por ruidos emitidos por la operación de la Subestación Eléctrica Ancoa.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra las empresas Transelec S.A., Colbún Transmisión S.A., la Sociedad Austral de Electricidad S.A. (SAESA), y de CELEO REDES Operación Chile S.A., que operan el proyecto “Subestación Ancoa” en el sector Rincón de Pataguas, comuna de Colbún, Región del Maule.

Tras una fiscalización, se determinó que la planta excedió a la Norma de Ruido, D.S.38/2011, que regula los niveles de presión sonora de fuentes fijas sobre receptores.

La SMA recibió denuncias de la comunidad del sector Rincón de Pataguas, afectada por ruidos emitidos por la operación de la Subestación Eléctrica Ancoa y las líneas de alta tensión.

“Frente a lo anterior, la Oficina Regional del Maule realizó mediciones de ruidos en distintos receptores conforme al procedimiento establecido en la Norma de Ruidos en las que se constató excedencias de hasta 15 decibeles por sobre los límites establecidos en la norma de ruido para zona rural. Hecho que puede afectar la calidad de vida de los vecinos que habitan esta zona”, dijo la jefa de la Oficina Regional del Maule, Mariela Valenzuela.

Agregando que, luego de un exhaustivo análisis de los antecedentes levantados, se determinó formular un cargo de carácter grave en contra de las empresas que operan el proyecto “Subestación Ancoa”, por lo que éstas podrían ser objeto de multas de hasta 5.000 unidades tributarias anuales (UTA).

Tras la notificación de esta formulación de cargos, las empresas tendrán un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) y de 15 días hábiles para formular los descargos respectivos.