Confirman multa a canal de TV por capítulo de teleserie emitido en horario de menores
- Martes 10 de noviembre de 2020
- 15:41 hrs
En fallo unánime se confirmó la resolución sancionatoria aplicada por el CNTV a la recurrente, por infringir el artículo 1° de la Ley N° 18.838.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) que sancionó a la empresa Red Televisiva Megavisión S.A. a pagar una multa de 150 UTM por emisión de capítulo de teleserie "Mar de amores" con contenido inadecuado o truculento en horario de protección de menores, en junio del año pasado.
En fallo unánime se confirmó la resolución sancionatoria aplicada por el CNTV a la recurrente, por infringir el artículo 1° de la Ley N° 18.838, que sanciona la exhibición de contenidos inapropiados de excesiva violencia o truculencia en horario de protección de menores de edad.
"Se exhibe una escena de naturaleza violenta que se proscribe como excesiva o truculenta, en donde una mujer se autoinflinge de manera gráfica heridas en sus brazos, para luego culpar a otra persona de aquello con fines aparentemente económicos o personales; contenidos que entrañan una potencialidad nociva para el desarrollo psíquico de la teleaudiencia infantil presente al momento de la emisión, en cuanto la exposición a tales situaciones anómalas, no sólo podría familiarizar a los menores frente a ellas, insensibilizándolos contra el fenómeno de la violencia, lo que además puede conllevar el riesgo de que dichas conductas pudieran ser emuladas como una forma de interactuar y de resolver conflictos interpersonales", sostiene el fallo.
La resolución agrega que: "asentado lo anterior, implica constatar una inobservancia por parte de la reclamante del deber referido en el artículo 1° inciso 4° de la Ley N° 18.838, específicamente, en lo que dice relación con el respeto a la formación espiritual de la niñez y la juventud, norma que debe vincularse con la Convención de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes".
El fallo también establece que la concesionaria fue sancionada previamente con multa ascendente a 100 UTM, por la emisión de la misma telenovela, y precisamente en virtud de la misma causal.